Uno de los grandes quebraderos de cabeza de los autónomos y las PYMES (Pequeñas y Medianas Empresas) viene a la hora de hacer las facturas. En ese momento surgen muchas dudas y una de las más importantes es aquella en la que se plantea cómo hacer una factura con IVA sin cometer errores. Recuerda que tienes un artículo en el que hablamos cómo hacer una factura en el SAT.
Hay que recordar que en una factura, además del consabido IVA, en ocasiones debe incluir el IRPF, otro impuesto del que te vamos a hablar en este artículo en el que aprenderás cómo hacer una factura de autónomos incluyendo el IVA y el IRPF si fuese necesario. Si necesitas más ayuda, tenemos un artículo en el que te explicamos cómo hacer una factura paso a paso.

¿Sabes qué es el IVA y cómo se aplica?
En este artículo hablamos de
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es el impuesto que debe pagar el consumidor al Estado por la compra de un bien el uso de un servicio. En España el IVA general es del 21% y tanto autónomos como PYMES están obligados a tributar ante Hacienda por este impuesto.
Cuando hablamos de cuota de IVA devengado y cuota de IVA soportado, nos referimos, en el primer caso, al porcentaje del impuesto que paga el cliente cuando le facturamos. Los autónomos lo recaudan y se lo pagan a Hacienda cada tres meses a través del modelo 303 que puedes descargarte aquí a través de la página web de la Agencia Tributaria. Recuerda que existen programas para hacer una factura gratis.

Por su parte, el IVA soportado es el porcentaje del impuesto que un autónomo paga cuando recibe facturas de los proveedores (por ejemplo por la compra de una impresora para su trabajo). Puede ser deducible en muchos casos. Este IVA soportado suele ser deducible porque Hacienda considera que si ese gasto que realiza el autónomo es para desarrollar su actividad económica, puede desgravarse el impuesto.
Si estás exento de pagar IVA debes incluirlo en la factura y, en este caso, no podrás deducirte el IVA soportado.
¿Qué tipos de IVA hay en España?
Como hemos dicho, el IVA grava los productos y servicios que requerimos en nuestro día a día, desde alimentos hasta gasolina o tabaco pasando por medicinas hasta cubrir un sinfín de bienes y negocios. Lo que debemos saber es que el IVA grava los productos en función de la necesidad que tengamos de ellos, así, los alimentos están gravados con un 4% pero el tabaco lo está con un 21% y el agua, por ejemplo, con un 10%.
Entonces, ¿cómo sé qué IVA tengo que incluir en mi factura?
Dependiendo del tipo de negocio o actividad a la que te dediques, estarás incluido en un régimen u otro por el que vas a tributar. Así las cosas, puedes pertenecer al Régimen General, al Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca, al Simplificado, al de Recargo de Equivalencia o al de Criterio de Caja. Vamos a explicarte cada uno de ellos:
Régimen General del IVA
Es en este en el que estarán incluidos la mayoría de autónomos y PYMES. Para ellos existen tres tipos impositivos en función del producto o servicio que ofrezcan.
- Tipo General: es del 21% y se aplica a cualquier servicio o producto por defecto. Es aquel que afecta a la gasolina, tabaco, bebidas alcohólicas, electrodomésticos, cosméticos, locales de negocio, material escolar…
- Tipo Reducido: es del 10% y se aplica a la mayoría de alimentos, hostelería, transportes, viviendas que no sean de protección oficial, compresas y tampones…
- Tipo Superreducido: es del 4% y afecta a aquellos productos de primera necesidad como pan, legumbres, verduras, huevos, leche, tubérculos, quesos… a las viviendas de protección pública, sillas de ruedas o prótesis para discapacitados, libros, periódicos…

De todos modos, te proponemos que, si quieres saber con qué tipo de IVA está grabada tu actividad, descárgarte el siguiente pdf para ver el listado completo de los tipos impositivos.
Régimen Simplificado
Hacienda limita una serie de negocios que pueden acogerse a este régimen simplificado para el que hay que cumplir una serie de requisitos. Tener unos ingresos máximos de 300.000 euros y acogerse a la Estimación Objetiva de IRPF son dos de ellas.

La ventaja de este régimen es que el pago al trimestre es más sencillo ya que obtendremos una cantidad fija. Esto se consigue calculando una cuota según los modelos y tantos por ciento que te proporciona Hacienda para cada negocio.
Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca
Aquellos que se acogen a este régimen no tiene que liquidar, repercutir o ingresar el IVA por la venta de los productos que obtienen en sus campos o explotaciones. Como no pueden deducirse el IVA soportado, reciben una compensación en forma del 12% para explotaciones agrícolas o forestales y del 10,5% para ganaderas o pesqueras, que se suma al ingreso final del ganadero o agricultor.
Régimen del Recargo de Equivalencia
Si nuestro negocio es de minoristas que son intermediarios, deben acogerse a este régimen. Para evitar pagar el IVA trimestralmente, lo que se hace es pagar el IVA con un recargo específico al proveedor y así es mucho más fácil gestionar el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Régimen del Criterio de Caja
Si cumplimos los requisitos para acogernos a este régimen, no tendremos que pagar el IVA a Hacienda de las facturas que no hayamos cobrados pero tampoco podremos desgravarnos el IVA de aquellas que no le hayamos pagado a los proveedores.
La Agencia Tributaria tiene un aparatado de preguntas frecuentas donde conocer los pormenores del Régimen Especial del Criterio de Caja.

Cómo hago una factura con IVA de forma fácil
En la factura debes incluir la Base Imponible, o lo que es lo mismo el precio neto, sin impuestos del producto; el IVA, el IRPF (si corresponde) y el total de la factura.
El TOTAL se calcula sumando el IVA a la Base Imponible y Restado el IRPF. En nuestro caso vamos a excluir el IRPF porque nuestra factura es a un particular. Veamos un ejemplo.
- Producto: Precio 100 euros. IVA: 21%. IRPF: 15%.
- Base Imponible=100 euros. IVA: 100 x 21%. IRPF: 100×15%= 15. Total: 100 + 21-15=106 euros.
Cómo hago una factura con IVA e IRPF
Recuerda que cuando tu cliente sea un particular no debes incluir el IRPF, no pasaría igual si el cliente con el que tratas fuese otra empresa o profesional. El IRPF (Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas) son anticipos que el profesional realiza a Hacienda.

Hay dos tipos de IRPF: el general que es del 15% y el reducido que es del 7%. Ambos se aplican sobre la base imponible y debemos consultarlo con Hacienda para no cometer errores. Veamos un ejemplo de cómo hacer una factura con IVA e IRPF.
- Producto: Precio 100 euros. IVA: 21%.
- Base Imponible=100 euros. IVA: 100 x 21%. Total: 100 + 21=121 euros.
Si quieres saber cómo hacer una factura bien, pincha aquí.