Una forma rápida de incrementar los ingresos en un bar es mediante una máquina de tabaco. Sin embargo, a menudo los propietarios no saben cómo hacer una factura bien cuando instalan una máquina de tabaco en su bar.

¿Cómo se gestiona la venta de tabaco en un bar?
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Todos los locales de hostelería, incluyendo los bares, donde se vende tabaco a través de máquinas expendedoras, se encuentran regulados por el Comisionado para el Mercado de Tabacos.
Gestionar esta venta es muy importante y se puede llevar a cabo de dos maneras:
- La primera se puede hacer a través de una gestión directa. Es decir, cuando el propietario del bar adquiere la máquina expendedora de tabaco y como titular de la misma la explota.
- La segunda se puede realizar mediante una gestión delegada en un estando. En este caso se tiene un aprovisionamiento directo del estanco, con lo cual se eliminan los intermediarios.
Facturar la venta de tabaco en bares
En España, como en otros países, existen una gran cantidad de bares que cuentan con máquinas de tabaco. Estas son máquinas expendedoras propiedad de los estancos.
Los estancos son los que se encargan de rellenar la máquina de tabaco y son ellos también los que recaudan el importe de la venta de los tabacos. El Comisionado para el Mercado de Tabaco obliga a estos negocios a emitir la correspondiente factura al negocio por los tabacos que deposita en la máquina.

Sin embargo, en realidad esa venta no se produce, ni tampoco existe una transacción alguna. Lo que sucede es que esas facturas no son emitidas por el propietario del bar.
Por lo tanto, lo que en realidad recibe el bar es simplemente una comisión en efectivo que el estanco entrega por cada cajetilla de tabaco que se vende, es decir sería una factura de comisión por servicios más IVA(21%).
Por lo tanto es importante que los dueños de los estancos recuerden que son ellos los propietarios de la máquina y del tabaco, llevando a cabo de forma directa la venta del tabaco al consumidor final.
En consecuencia, la factura que se ha emitido en realidad no corresponde con la operación que se ha realizado. Además, todas las ventas que se realicen mediante la máquina de tabaco serán considerados ingresos del estanco.

Por su parte, el pago de la comisión(Factura de comisión más IVA) por parte del estanco al bar, será en realidad un gasto para el propio estanco por concepto del desarrollo de su actividad. En consecuencia no tiene que ser objeto de declaración.
A pesar de ello, la factura que se emita podría generar divergencias en dado caso que el bar la utilizara para deducir la cuota del impuesto.
La venta de tabaco a través de máquinas expendedoras
Cuando se vende tabaco en un bar mediante máquinas expendedoras, se generan dos operaciones relacionadas con el IVA.
- Por un lado se encuentra la operación que se produce entre el estanco y el bar que tiene la máquina de tabaco.
- Y por el otro se tiene la operación que se genera entre el bar y el consumidor final.

Al menos así es como lo considera la Dirección General de Tributos, quien dio resolución a una consulta planteada por un local de hostelería.
Dicha empresa que instaló una máquina de tabaco en su establecimiento, habría acordado con el estanco que los ingresos obtenidos le corresponderían por completo al estanco.
La empresa simplemente percibiría una comisión más IVA por concepto de las ventas generadas por la máquina de tabaco instalada en su establecimiento.
Esta situación es un claro ejemplo de cómo los propietarios de bares, pueden no saber cómo hacer una factura digital o una factura manual si tienen una máquina de tabaco.

Muchas veces se desconoce el proceso para digitalizar facturas, los datos para facturar, incluso si se trata de una factura con recargo de equivalencia.
Los propietarios de bares a menudo no saben si esto debe interpretarse como si la venta del tabaco se efectúa por sí misma y en consecuencia si deben expedir la correspondiente factura por el importe de la comisión que se percibe únicamente.
¿Qué dice la DGT sobre este tema?
La Dirección General de Tributos se basa, por una parte, en lo que establece el Comisionado para el Mercado de Tabacos.
Es decir, la modalidad de pago entre dos empresas, (punto de venta con recargo y expendedor), está relacionado con su libertar de gestión comercial.

A pesar de ello, la DGT hace hincapié que en cualquier caso debe existir una venta efectiva de las labores del tabaco.
Cuando esto suceda no será admisible el pago posterior de las comisiones por la cantidad de labores vendidas efectivamente a través de la máquina de tabaco.

De esta manera la DGT llega a la conclusión de existen dos operaciones en las entregas de labores de tabaco. La primera, la que lleva a cabo el estanco al bar con recargo, y la segunda la que realiza el bar a los consumidores finales.
Entonces, ¿Cómo hacer una factura si tengo una máquina de tabaco?
En base a todo lo anterior, la DGT establece que para efectos de IVA, los bares que cuenten con una máquina de tabaco deben facturar dichas operaciones de la siguiente manera:
1. Todos los estancos o expendedores que apliquen el recargo de equivalencia, sin importar la condición del destinatario de dichas ventas, deben entregar a sus clientes la cuota correspondiente cuando se aplica el tipo tributario de IVA a la base imponible y que corresponde a las ventas generadas por la máquina de tabaco.
2. Se debe hacer factura para el IVA y el recargo de equivalencia cuando los estancos hayan aplicado el régimen general del Impuesto por concepto de su actividad comercial de tabaco al por menor. También cuando vendan tabaco a comercios autorizados para la venta con recargo y que se acojan al régimen especial del recargo de equivalencia.

Si se trata de una gestión directa, el propietario del bar que solicita el permiso para vender tabaco en su local, tiene que darse de alta en el epígrafe 646.5 del IAE, que corresponde a la venta del tabaco.
Por lo tanto deberá hacer una factura simplificada declarando tanto ingresos como gastos, en caso de que se trate de Sociedades. Si se trata de personas físicas, en el régimen de estimación directa. Quienes se encuentran en módulos, no tienen que declarar nada.